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Seremi del Trabajo explica aplicación de la Ley de Protección del Empleo

Iniciativa –que permite uso retroactivo-, fue aprobada en el Congreso y puede llegar a beneficiar a 4,5 millones de trabajadores del país.

La seremi del Trabajo y Previsión Social de Ñuble, Yeniffer Ferrada, indicó que la Ley de Protección del Empleo “es un mecanismo para minimizar los efectos que tendrá la crisis sanitaria por el COVID-19, y lo que busca es que las personas puedan mantener su fuente laboral y no pierdan sus ingresos, por eso es uno de los puntos centrales en el plan económico del Gobierno”.

La iniciativa fue despachada este martes por la Cámara de Diputados y entrará en vigencia en los próximos días. Además, permitirá un uso retroactivo tomando como fecha inicial el 18 de marzo de este año y, potencialmente, podría beneficiar a 4 millones y medio de trabajadores del país.

“Esta aprobación que fue transversal no es para el Gobierno, sino que para miles de pymes y trabajadores de nuestro país que están con mucha incertidumbre respecto a los estragos que está causando y causará la pandemia del Coronavirus. Ellos necesitan que el Estado y toda la institucionalidad les dé una solución que se adecúe a la difícil época que estamos viviendo”, señaló la seremi Ferrada

En la práctica, la aplicación de la Ley de Protección del Empleo se ajusta a tres escenarios: suspensión del contrato de trabajo por acto de autoridad; pacto de suspensión del contrato de trabajo; pacto de reducción temporal de la jornada de trabajo.

“Cuando una determinada comuna o región sea declarada en cuarentena, automática y legalmente todas las empresas y rubros no esenciales pasan a suspender la actividad laboral ya que tienen prohibido el funcionamiento, y de continuar la relación normal, tienen que constatarlo por escrito por acuerdo entre las partes.  En este caso el empleador tendrá la obligación de pagar las cotizaciones previsionales y el trabajador podrá hacer uso de un Seguro de Desempleo Extraordinario, sin perder la relación contractual ni los derechos que estipula la normativa laboral”, explicó la titular de la cartera en la región.

Ferrada agregó que “como segundo caso, tenemos a una pyme que no está imposibilitada de abrir por disposición de la autoridad sanitaria, pero que dado el contexto, ve enormes mermas en sus ventas, por tanto se le genera una situación muy complicada para cumplir con sus obligaciones. Aquí, empleador y trabajador pueden llegar a un acuerdo, y aplica la misma lógica anterior a la hora de asegurar el pago previsional y sueldos”.

Por último, la seremi del Trabajo destacó que también “las partes pueden pactar una disminución de la jornada laboral, en donde el empleador sigue cubriendo no menos del 50% del suelo mensual, y el trabajador lo complementa con hasta un 25% del seguro. En todos los casos, una vez que termine la emergencia, se retoman funciones y siguen las remuneraciones de siempre”.

El Seguro de Desempleo Extraordinario permitirá utilizar de forma temporal fondos del Seguro de Cesantía. Además, el Fisco aportará cerca de 2 mil millones de dólares al Fondo Solidario de Cesantía. En el primer mes de cobro, la tasa de reemplazo será por el 70% del total de la remuneración y luego el porcentaje disminuirá de manera escalonada. En tanto, el ente fiscalizador a cargo será la Dirección del Trabajo (DT).

“Este proyecto era muy importante porque lo que hace es darle un carácter temporal a una situación que podía interpretarse como permanente y en la que los trabajadores necesitan una protección decidida y una certeza respecto a su condición. Acá, salvo la causal de necesidades de la empresa, la que implica el pago de todo lo que estipula el Código del Trabajo, se remite la relación a una suspensión en un plazo de seis meses o mientras rija el Estado de Catástrofe”, destacó Ferrada.

Asimismo, la personera de Gobierno especificó que la iniciativa “considera a quienes están afiliados al Seguro de Cesantía, con un apartado especial para asesoras del hogar. Sin embargo, la ministra Zaldívar se comprometió a ingresar lo antes posible un proyecto que vele por la situación de los trabajadores independientes, por cuenta propia y a honorarios, entre otros. Somos sinceros; hay que hacerse cargo de ese mundo para que no quede fuera”.

Sobre porqué se utilizarán primero los fondos individuales del Seguro de Cesantía, la seremi señaló que se debe “a que si partimos por el componente solidario es regresivo, puesto que los trabajadores de más altos ingresos tienen bastantes más ahorros que aquellos que tienen rentas más bajas. Por otro lado, hay que recordar que es quien más contribuye a la cuenta individual. Ningún trabajador que utilice el seguro en la situación actual quedará desprotegido a futuro, ya que el Estado inyectará una suma muy importante de recursos al fondo solidario, por tanto se asegura la lógica de este mecanismo de Seguridad Social. Es una medida inédita para una problemática inédita”.

“Hay una batería de medidas, varias de ellas que venían de antes, que nos permitirán menguar el indudable impacto que va a tener en la economía y  el mundo del empleo esta crisis sanitaria. Si revisamos, ya contamos con leyes para la un Ingreso Mínimo Garantizado, para pactar Trabajo a Distancia o Teletrabajo y proteger los puestos de trabajo y los salarios cuando las labores se suspendan temporalmente”, añadió.

Finalmente, Yeniffer Ferrada aseguró que los canales para ingresar constancias laborales “siguen funcionando, y en tal sentido los trabajadores que crean vulnerados sus derechos, pueden hacer uso de las plataformas que la Dirección del Trabajo tiene a disposición. Para que se reduzca al máximo el desplazamiento físico, recomendamos ir al sitio web www.dt.gob.cl”.

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